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miércoles, 10 de diciembre de 2014

Senado despacha ley del 20% de la música chilena

En segundo trámite legislativo, el Senado despachó el proyecto de ley que fija porcentajes mínimos de emisión de música nacional a la radiodifusión chilena.
“Ha sido una muy buena sesión porque el Senado, casi unánimemente, rechazó un conjunto de indicaciones que distorsionaban la idea matriz del proyecto que es escuchar más música chilena en las radioemisoras del país” expresó la Ministra del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, Claudia Barattini, tras asistir en el Senado a la discusión en particular de la norma que fija porcentajes mínimos de emisión de música nacional y música de raíz folklórica oral a la radiodifusión chilena.
Barattini sostuvo que “la emisión de al menos un 20% de música chilena en las radios es una buena noticia porque fortalece nuestra cultura y a nuestros artistas,  y nos permite llegar a las audiencias con toda la diversidad musical que nos identifica como país”.
Normas que fijan porcentaje mínimo
- Disponer a las radioemisoras que operen concesiones de radiodifusión sonora, la obligación de difundir al menos una quinta parte (20%) de música nacional en su programación diaria, medida sobre el total de canciones emitidas, distribuida durante la jornada diaria de transmisión de cada emisora, sin que pueda acumularse más de la mitad del total de la emisión de la música en horario nocturno, esto es de 22:00 a 06:00.
 – Facultar al Consejo Nacional de la Cultura y las Artes para establecer mecanismos alternativos para dar por cumplida la obligación anterior.
- Fueron rechazadas las normas que detallaban y establecían cumplimientos alternativos a la obligación del porcentaje mínimo de emisión de música nacional.
- Disponer que a lo menos un 25% del porcentaje de música nacional deberá estar destinada a composiciones o interpretaciones musicales emergentes, o bien a aquellas de identificación regional o local, de acuerdo al área de concesión.
- La radioemisora que faltare a las normas sobre porcentajes mínimos de emisión de música nacional que se establece será sancionada con multa de 5 a 50 UTM ($ 213.850 a $ 2.138.500), la que se duplicará en caso de reincidencia.

Fuente: BioBioChile
ARCHIVO | Pablo Ovalle | Agencia UNO

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