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domingo, 23 de agosto de 2015

TOP DE SAN FERNANDO ABSUELVE A IMPUTADOS EN DENOMINADO CASO “PARVULARIA”

IMG_20150820_163444089El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando absolvió ayer -jueves 20 de agosto- a Yonatan Edmundo Pizarro Canales y a Cristian Eduardo Briones Becerra, imputados por los delitos de robo con violencia y abuso sexual calificado, que afectaron, en agosto del año 2012, a Gabriela Marín Mejías, educadora de párvulos de la mencionada ciudad.
Los jueces Rodrigo Gómez, María Angélica Mulatti, y Carlos Pérez, por votación unánime, decidieron la absolución de ambos imputados en el delito de robo con violencia, mientras que por el delito de abuso sexual calificado absolvieron por mayoría de votos.
Los magistrados consideraron que “Para así resolverlo se tomó en cuenta que la prueba aportada por los acusadores solo tuvo la entidad y consistencia necesaria para corroborar la existencia de una de las dinámicas delictivas contenidas en los hechos de la acusación, siendo insuficiente para alcanzar el estándar legal necesario para acreditar la participación culpable atribuida a ambos encartados”.
En relación al robo con violencia, el tribunal argumentó que “Los acusadores plantearon, en primer lugar, que los hechos daban cuenta de un delito de robo con violencia, fundado en la sustracción de especies a la víctima efectuada en el referido contexto del ataque a ella efectuado. Sin embargo, a juicio de estos sentenciadores, la prueba recibida fue insuficiente para establecerlo (…) Con todo ninguna de estas especies fue encontrada en poder de los acusados Pizarro y Briones. Ninguna prueba se rindió sobre la prexistencia de estas especies o dinero, que diera cuenta que en verdad las tenía la víctima en ese momento y las perdió en el evento.”
En cuanto al delito de abuso sexual calificado los jueces indicaron que “pudo establecerse que se verificó el episodio central de la acusación y que podía corresponder a dicha figura penal, al demostrarse que la víctima fue objeto de una brutal agresión por parte de tres individuos, quienes actuando con intimidación y por la fuerza, efectuaron tocaciones de índole sexual a la mujer (…), configurando los presupuestos previstos por el legislador para este grave delito. Sin perjuicio de ello, la mayoría de estos sentenciadores estimó que no fue posible establecer la participación culpable de ambos acusados más allá de toda duda razonable, ante una carencia de pruebas directas o bien indicios de calidad, teniendo en cuenta que la prueba con que se contó presentó diversas inconsistencias y contradicciones”.
La sentencia se leerá el próximo martes 25 de agosto de 2015, a las 15:30 horas, en el Tribunal Oral de San Fernando.

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