Dada la extensión de la pena, el imputado deberá cumplir la sanción de manera efectiva.
Gabriela Carvajal, fiscal adjunto de Rancagua, especializada en delitos sexuales
Los hechos investigados por la Fiscal adjunto de Rancagua, Gabriela Carvajal, especializada en delitos sexuales, datan entre los años 2005 y 2010, cuando el sentenciado, Patricio Fuentes Ecubort de 57 años de edad, agredió sexualmente a dos menores, hijas de su pareja.
Gabriela Carvajal, fiscal adjunto de Rancagua, especializada en delitos sexuales
Los hechos investigados por la Fiscal adjunto de Rancagua, Gabriela Carvajal, especializada en delitos sexuales, datan entre los años 2005 y 2010, cuando el sentenciado, Patricio Fuentes Ecubort de 57 años de edad, agredió sexualmente a dos menores, hijas de su pareja.
Los hechos se habrían registrado tanto en un domicilio de la Región Metropolitana, como en la ciudad de Rancagua, por lo que la Fiscal Carvajal pidió que fuese condenado luego de tres días de juicio.
Finalmente el Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua, con los antecedentes aportados por la Fiscalía, decidió condenarlo a una pena de 20 años de presidio como autor del delito continuado de abuso sexual, como autor de tres delitos reiterados de abuso sexual y por último, como autor de un delito de violación, perpetrado durante el año 2007, en la ciudad de Santiago, ello sumado a otras penas accesorias y al pago de las costas de la causa.
Dada la extensión de la pena, el imputado deberá cumplir la sanción de manera efectiva, sin posibilidad de optar a cumplimiento alternativo.
Finalmente el Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua, con los antecedentes aportados por la Fiscalía, decidió condenarlo a una pena de 20 años de presidio como autor del delito continuado de abuso sexual, como autor de tres delitos reiterados de abuso sexual y por último, como autor de un delito de violación, perpetrado durante el año 2007, en la ciudad de Santiago, ello sumado a otras penas accesorias y al pago de las costas de la causa.
Dada la extensión de la pena, el imputado deberá cumplir la sanción de manera efectiva, sin posibilidad de optar a cumplimiento alternativo.
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