Somos Climax Noticias /// LUNES 29 DE SEPTIEMBRE 2014 /// Microsoft lanza Xbox One en China tras 14 años de prohibición - Jennifer López sufre accidente automovilístico con conductor ebrio - Tras 17 años, Santa Cruz regresa a la Segunda División - Contrarios a instalación de CCU en Paine se reunirán con alcalde para conocer postura municipal - Selección chilena Sub 20 conoce a sus rivales para el Sudamericano de Uruguay - ENAP inicia acopio y traslado de residuos tras derrame en Quintero - Detienen a 5 comuneros tras manifestación en frontis de catedral de Santiago - Uno de cada 5 cajeros no operó con normalidad durante fiestas patrias según Sernac - Subsecretario de Hacienda detalló cuánto subirán cigarrillos y cervezas - CNTV dio a conocer los ganadores de los fondos concursables 2014 - U2 fijó su gira para 2015 y anunció más conciertos en interiores que exteriores - La popular "Mafalda" cumple 50 años de vida /// Climax Noticias CHILE

martes, 13 de octubre de 2015

CORTE DE RANCAGUA CONFIRMA ABSOLUCIÓN DEL ALCALDE DE LOLOL ACUSADO DE NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE

alcalde-marin-en-tricel-reg1La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó hoy –viernes 9 de octubre- el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia que absolvió a Marco Antonio Marín Rodríguez, alcalde de la comuna de Lolol, imputado por el delito de negociación incompatible por hechos ocurridos en el año 2010.
En el fallo (causa rol 516-2015), la primera sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Marcia Undurraga, el ministro suplente Manuel Díaz y el abogado integrante Alamiro Carmona– rechazó la acción judicial señalando que “la interposición del recurso revela que el recurrente está en desacuerdo con el análisis y conclusiones que realizó el tribunal, y aspira a que se revisen los hechos y el derecho, como lo hace el recurso de apelación. Ahora bien, la pretensión del recurrente no se puede realizar a través del recurso de nulidad opuesto, basado en la causal del artículo 374 letra e) en relación al artículo 342 letra c), ambos del Código Procesal Penal, la que solo resulta procedente cuando hay ausencia del análisis de la prueba y omisión de los razonamientos valorativos de ella, defectos que como ya se ha indicado, no se dan en la especie, de manera que el deducido en esta causa, en las condiciones y causales ya indicadas deberá ser desestimado.”
El pasado 12 de agosto, el Tribunal Oral de Santa Cruz, por votación unánime, absolvió al alcalde de Lolol, del cargo de ser autor de un delito consumado de negociación incompatible. La acusación se basaba en supuestos hechos ocurridos en agosto de 2010 y enero de 2013 y que se relacionan con la readecuación de funciones y aumento de sueldo de la señora Corina Díaz, cónyuge del alcalde Marín.
CRONICANOTICIOSA.COM

0 comentarios:

Publicar un comentario

 
Design by Free WordPress Themes | Bloggerized by Lasantha - Premium Blogger Themes | Press Release Distribution