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jueves, 24 de enero de 2013

En libertad condenado por abuso sexual contra menor de edad


Un sujeto de 43 años fue sentenciado a una pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, pero debido a que no es pena de crimen -presidio mayor-, el sujeto quedó con libertad vigilada.
El pasado viernes 18 de enero del presente año, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a un sujeto identificado con las iniciales J. M. E. R. de 43 años, por el delito de abuso sexual consumado realizado contra una menor de edad de 11 años, al momento de los hechos. La víctima es hija de la conviviente del ahora condenado.
De acuerdo a lo señalado durante el juicio oral, el hombre de 43 años aprovechándose de que vivía con ella, ingresó a su dormitorio y le efectuó tocaciones en su cuerpo, hechos que el tribunal calificó como una agresión sexual y que ocurrieron cuando tanto la menor como su hermano se encontraban al cuidado del imputado, debido a que su madre estaba hospitalizada. Agregó que constantemente era amenazada por el imputado, quien le decía que debía guardar silencio, de lo contrario, atentaría en contra de su madre.
Los hechos fueron investigados por la fiscal adjunto Gabriela Carvajal, de la Fiscalía Local de Rancagua, quien logró acreditar la comisión del delito de abuso sexual en contra de la víctima.
Cabe destacar que el Ministerio Publico también presentó una acusación por otros hechos similares, que calificó como constitutivos del delito de violación. Sin embargo, el Tribunal Oral condenó al acusado sólo como autor del delito de abuso sexual, en grado de consumado, imponiéndole la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, además de las penas accesorias respectivas y la prohibición de acercarse a la ofendida.
Debido a la extensión dela pena, el Tribunal concedió al condenado el beneficio de de la libertad vigilada, quedando sujeto a la observación de Gendarmería de Chile por el plazo de seis años. En caso de incumplimiento de lo resuelto, el Tribunal dispuso que se le revocara al condenado el beneficio concedido, debiendo cumplir en tal evento, la pena privativa de libertad impuesta en forma efectiva.

Felipe Alvear Silva/EL RANCAGUINO

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