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martes, 5 de mayo de 2015

Conaf levanta suspensión de quemas controladas en algunas comunas de Colchagua

Por Juvenal Arancibia D.

La Corporación Nacional Forestal informó que desde el pasado 30 de abril entró en vigencia la resolución N° 46/2015 que revoca la suspensión de quemas controladas en algunas comunas de la provincia de Colchagua. Alba Garrido Jaque, Directora Regional de CONAF,  precisó que la medida se sustenta en que “las condiciones metereológicas actuales reducen considerablemente el riesgo de origen y propagación de incendios forestales, como consecuencia de la ejecución de quemas controladas”. De esta manera se levanta la suspensión de emisión de avisos de quema y se normaliza la recepción de solicitudes de avisos de quemas controladas en la provincia de Colchagua.

De esta manera las comunas favorecidas con esta Resolución son Chépica, Nancagua, Santa Cruz, Palmilla, Peralillo, Pumanque y Lolol. Por otra parte continúan con prohibición de realizar quemas las comunas de San Fernando, Chimbarongo y Placilla, pues se encuentran abordadas por el Decreto 15/2013, del Ministerio de Medioambiente, de acuerdo al Plan de Descontaminación Ambiental.

¿QUÉ ES UNA QUEMA CONTROLADA?
Según el Decreto Supremo 276/1980 del Ministerio de Agricultura, es la acción de usar el fuego para eliminar desechos agrícolas y forestales en forma dirigida, circunscrita o limitada aun área previamente determinada, conforme a normas técnicas preestablecidas, con el fin de mantener el fuego bajo control.

¿CON QUÉ OBJETIVOS PUEDE REALIZAR UNA QUEMA CONTROLADA?
En los terrenos agrícolas, ganaderos o de aptitud preferentemente forestal, hayan sido o no estos últimos declarados como tales ante la Corporación Nacional Forestal, solamente se podrá usar el fuego en forma de “Quema Controlada” y siempre que ésta tenga por fin uno o más de los siguientes objetivos:
a) Quema de rastrojos.
b) Quema de ramas y materiales leñosos en terrenos aptos para cultivos.
c) Requemas para siembras inmediatas.
d) Quemas de zarzamora u otra vegetación cuando se trata de construir y limpiar vías de comunicación, canales o cercos divisorios.

PASOS PREVIOS NECESARIOS
Para realizar una quema controlada primero deberá inscribirse, a través de una oficina receptora, en los registros de Conaf, como usuario(a) del fuego en su predio. Documentos e información para realizar el trámite de inscripción:
a) Rol del predio, nombre y ubicación.
b) Si el solicitante es el propietario(a):
- Cédula de identidad.
- Certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Raíces del lugar de ubicación del inmueble, o Título que acredite la calidad de poseedor(a) sobre el predio.
- En el caso de no contar con esta documentación se puede presentar el talón de pago de contribuciones, o declaración de impuestos a la renta.
c) Si el solicitante es el Representante Legal, además debe presentar:
- Escritura que acredite la calidad de representante legal.
d) Si el solicitante es un poseedor(a), con calidad de arrendador(a):
- Cédula de identidad.
- Contrato de arriendo.

4. Recuerde que, para quemar deberá dar aviso y recibir un comprobante, el que deberá tener en su poder al momento de realizar la quema. Sin este comprobante estará infringiendo la legislación vigente. Personal de CONAF y Carabineros de Chile podrán fiscalizar la quema antes, durante o después de realizarla.

EL RANCAGUINO
Resultado de imagen de QUEMAS CONTROLADAS

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