El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz condenó a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo al pastor evangélico José Enrique Fuenzalida Gaete como autor de un delito de abuso sexual impropio -contra una persona menor de 14 años-, ilícito cometido durante el año 2012 en la comuna de Nancagua.
En fallo dividido, el tribunal integrado por los magistrados Felipe Cortés Ibacache, Rodrigo Gómez Marambio y María Angélica Mulatti Oyarzo, resolvió que gracias a las pruebas analizadas se pudo establecer que desde el mes de febrero del 2012 -en fechas no determinadas- hasta septiembre del mismo, el acusado Gaete Fuenzalida aprovechó que estaba solo con la menor para realizarle tocaciones en las partes íntimas de la víctima que en aquel entonces tenía solo 6 años de edad.
Asimismo, la sentencia señala que: “el hecho punible fue cometido por el autor de forma dolosa, esto es, con claro conocimiento de lo que estaba realizando y con plena intención de hacerlo, lo que quedó de manifiesto en el contexto y dinámica del hecho, que denotó una motivación sexual sin que fuera probada una tesis en contrario por la defensa. Encontrándose dicho delito en grado de desarrollo consumado, al haber realizado todas y cada una de las exigencias del tipo penal, tal como se razonó anteriormente”.
Además, el TOP condenó a Fuenzalida Gaete a las accesorias legales, a penas accesorias especiales de “interdicción (prohibición) del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal, para efectos de lo cual el sentenciado deberá informar a Carabineros de Chile cada tres meses su domicilio actual”. Asimismo, el condenado quedó con prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima y la obligación de cumplir un programa formativo en el orden sexual, a realizarse en el Hospital de Nancagua por el lapso de un año. El tribunal otorgó la sustitución de la pena, estableciendo que deberá cumplirla mediante la libertad vigilada intensiva.
EL RANCAGUINO
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