El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, por votación unánime, absolvió ayer –jueves 1 de octubre- a Benito del Tránsito Meneses Núñez, imputado por tres delitos de abuso sexual en personas menores de 14 años, contra las niñas de iniciales G.M.E.M y E.L.G.P, hechos ocurridos durante el año 2014.
La resolución de los jueces Roberto Cociña, María Esperanza Franichevic y Carlos Pérez, consideró que: “Respecto de la imputación de un delito de abuso sexual tentado en la persona de G.M.E.M, coincidiendo con lo señalado por los intervinientes en sus respectivos alegatos de cierre, la prueba resultó insuficiente, pues solo se contó con la declaración de la víctima, la que el tribunal apreció general, vaga y descoordinada con los términos de la acusación.”
Además, los magistrados consideraron que: “En lo referido a los delitos que se habrían cometido en la persona de E.L.G.P, cabe precisar que al contarse con una sola fuente de prueba directa -la versión de la víctima- contraria a la entregada por el acusado, el trabajo del tribunal se encamina a determinar si la versión de cargo supera el estándar de convicción indicado en el artículo 340 del Código Procesal Penal , lo que implica que ésta, cuente con corroboraciones, sea objetiva, suficientemente contextualizada y coherente, circunstancia esta última que no se verificó en el juicio, pues la versión de la ofendida no se mantuvo en el tiempo en todos sus extremos, en sus circunstancias accesorias y de contexto.”
La audiencia de lectura de la sentencia –que será redactada por el magistrado Pérez– quedó fijada para el próximo martes 6 de octubre a las 13:10 horas.
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